Dirección de Cumplimiento y Responsabilidades
  

Son facultades de la Dirección de Vinculación y Vigilancia:

 I.    Informar a la Dirección General de sus labores.   

II.    Coordinar las relaciones del Instituto con las entidades públicas y los sujetos obligados.  

III.    Establecer la comunicación institucional con las unidades de atención de los sujetos obligados.  

IV.    Proponer al Director General proyectos que impulsen las actividades sustantivas en el marco de la vinculación interinstitucional.    

 V.    Mantener actualizado el directorio y padrón de los titulares de las unidades atención de los sujetos obligados.  

VI.    Proponer la elaboración de los formatos necesarios para el ejercicio del derecho de acceso a la información. 

VII.    Atender y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información que se dirijan al Instituto. 

VIII.    Capacitar, supervisar y asesorar sobre el uso adecuado del sistema electrónico de solicitudes de información utilizado por los sujetos obligados.  

IX.    Operar el sistema electrónico de solicitudes de información validado por el Instituto.    

X.    Llevar a cabo el registro estadístico de la información pública mínima y de solicitudes de información en las modalidades que contempla la propia ley.  

 XI.    Elaborar un reporte mensual sobre las solicitudes de información que se presentan ante los sujetos obligados. 

XII.    Llevar a cabo evaluaciones sobre el nivel de cumplimiento de los sujetos obligados respecto a sus obligaciones de transparencia. 

XIII.    Instrumentar un programa  anual de capacitación y actualización de los servidores públicos sobre la Ley. 

XIV.    Llevar a cabo visitas de supervisión a las unidades de atención de los sujetos obligados, con el fin de apoyarlos con sus obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales.  

XV.    Proponer la metodología para la evaluación del cumplimiento de las obligaciones de transparencia en los portales de Internet de los sujetos obligados, así como también el comportamiento del ejercicio del derecho a la información y de datos personales. 

XVI.    Proponer a la Dirección General la celebración de convenios de colaboración con los sujetos obligados. 

XVII.    Vigilar la adecuada aplicación y observancia de la normatividad en materia de transparencia, acceso a la información y datos personales. 

XVIII.    Proponer investigaciones, estudios y análisis en relación a los temas afines a la Ley. 

XIX.    Asesorar y mantener una relación  de colaboración y coordinación con los sujetos obligados.  

XX.    Asesorar a los sujetos obligados en el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia. 

XXI.    Coordinar, homogenizar y sistematizar la información pública mínima del Instituto que se suministra para el sitio de Internet. 

XXII.    Organizar cursos, seminarios, talleres o cualquier evento dirigido a los sujetos obligados con la finalidad de actualizar y capacitar permanentemente a los servidores públicos en la Ley. 

XXIII.    Proponer acciones para elevar los índices de calidad en el servicio de atención al público que brindan las unidades de atención de los sujetos obligados. 

XXIV.    Atender y vigilar el funcionamiento de la Unidad de Atención del Instituto.  

XXV.    Responsabilizarse del adecuado manejo de los sistemas de datos personales bajo su custodia. 

XXVI.    Las demás que señalen las leyes y disposiciones aplicables.  

 

Titular: Héctor Alejandro Hernández Gutiérrez                                          Curriculum Vitae  

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Domicilio de las oficinas del Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública

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